En su más reciente sesión ordinaria, celebrada el pasado 26 de marzo, la Legislatura Municipal de Rincón aprobó seis ordenanzas y cuatro resoluciones que permitirán al alcalde Carlos López Bonilla, entre otras cosas, a solicitar propuestas de financiación para terminar la construcción del hotel municipal Ojo de Agua, resolver un pleito legal con un exempleado del municipio y procurar servicios profesionales para la parcelación de solares en Cerro Miramar.
Con esta primera entrega sobre la labor de la Legislatura Municipal de Rincón, A Rinconvenient Truth pretende darle a los lectores un vistazo al quehacer legislativo de su municipio. El último martes de cada mes a las 7:30 p.m., los once asambleistas municipales, como también se les conoce a los miembros de este cuerpo legislativo, se reunen en el segundo piso de la casa alcaldía a decidir cuáles serán las nuevas ordenanzas y resoluciones de la capital del surf.
Este proceso deliberativo se lleva a cabo de forma similar al que realizan los senadores y representantes de distrito a nivel estatal en el Capitolio. Sin embargo, sus decisiones se limitan a los residentes, negocios, territorios y al gobierno municipal.
Las ordenanzas municipales son medidas legislativas que requieren la aprobación de la Legislatura Municipal y del alcalde (multas, código de orden público, etc.). Una vez aprobadas, las ordenanzas formarán parte de los estatutos permanentes del Municipio de Rincón y seguirán vigentes siempre y cuando no sean derogadas por la Legislatura Municipal.
Por otro lado, las resoluciones son medidas legislativas que, si aprobadas, dejan de existir tan pronto el municipio cumple con el objetivo que estableció en la misma (emisión de deuda, transferencia de fondos, nombramientos, etc.). Es decir, las resoluciones no formarán parte de los estatutos permanentes de Rincón.
Rincón buscará completar el hotel municipal Ojo de Agua
En virtud de las Ordenanzas Municipales Número 14 (2015-2016) y Número 47 (2014-2015), ese mismo cuerpo legislativo aprobó la construcción, en dos fases, de un hotel municipal de 16 habitaciones en la calle Parque, a pocos pasos de la plaza, en el 2015. Una vez completado, el Ojo de Agua, como se denominó al proyecto, debía ser administrado por un ente privado en servicio del municipio de Rincón.
La primera fase del proyecto comenzó en septiembre del 2015 y culminó un año luego de una inversión de casi $1.15 millones por parte del municipio. En octubre del 2016, su segunda fase comenzó gracias a un empréstito municipal de $1.5 millones autorizado por el entonces Banco Gubernamental de Fomento (BGF).
Sin embargo, en marzo del 2017, luego de completar el 25 por ciento de las labores de la fase dos, el contratista paralizó el proyecto por falta de pago. Para entonces, el BGF no disponía de liquidez para desembolsar el resto del préstamo al municipio, razón por la que el proyecto continúa suspendido al día de hoy.
Según explica la recién aprobada Ordenanza Número 15 (2018-2019), Rincón pretende finalizar la fase 2 del Ojo de Agua, pero no ha logrado conseguir financiamiento a estos fines de la banca privada, las cooperativas de ahorro y crédito o el gobierno estatal, según explicó el administrador municipal Francisco Mercado a la Asamblea Legislativa.
Por tal razón, dicta la nueva ordenanza, la alcaldía deberá emitir una solicitud de propuesta para “allegar los fondos necesarios para completar la construcción, proveer el mobiliario, disponer de un operador responsable que administre y opere as facilidades según los términos y condiciones que apruebe el municipio”.
Esta estrategia, anticipa la ordenanza, debe incluir un contrato de arrendamiento a largo plazo que permita al inversionista recuperar su inversión y al municipio cumplir con la meta que se propuso hace más de tres años.
William Ventura Matos vs. Municipio de Rincón
Al aprobar la Resolución Número 26 (2018-2019), la Legislatura de Rincón autoriza a López Bonilla a subscribir un acuerdo transaccional sobre valorización de daños y someter el mismo ante el Tribunal de Primera Instancia (TPI) de Aguada para que este dicte sentencia en el caso civil que entabló el exempleado de confianza William Ventura Matos en contra del Municipio de Rincón en diciembre del 2015.
Ventura Matos, quien fungió como gerente de proyectos municipal hasta que López Bonilla lo despidiera en junio del mismo año, presentó una demanda sobre despido ilegal y represalias contra Rincón. En la misma, el demandante alegaba que el alcalde lo había despedido por reportarse a tratamiento en la Corporación del Fondo de Seguro del Estado por una herida que sufrió en el trabajo, lo cual constituye una despido ilegal al amparo de la Ley Número 115 del 1991.
Por su parte, el Municipio de Rincón argumentó que había cesanteado a Ventura Matos por no haber cumplido con las expectativas del alcalde, quien había perdido la confianza en su entonces empleado de confianza.
El TPI determinó que el Municipio de Rincón “venía obligado a responderle por los daños y perjuicios causados por el despido” a Ventura Matos en octubre del 2017. La alcaldía apeló esta decisión ante el Tribunal de Apelaciones de la Región Arecibo-Aguadilla, que confirmó la decisión del TPI de Aguada en julio del 2018. Aún inconforme, la parte demandada intentó llevar el caso al Tribunal Supremo de Puerto Rico, entidad que decidió no intervenir en octubre del 2018 – acción que tiene el mismo efecto que confirmar la sentencia del TPI.
Resulto el pleito legal por despido injustificado, Ventura Matos exigió a Rincón la cuantía de $185,000, equivalente a los 30 meses de salario y beneficios marginales que no devengó hasta que regresó a la fuerza laboral en enero del 2018, que el municipio no estaba dispuesto a pagar.
Sin embargo, la resolución de la Legislatura Municipal sugiere que ambas partes estuvieron a dispuestas a suscribirse a un acuerdo por $120,000 que cubriría los daños causados por motivo de despido ilegal (Ley 115-1991) y culpa o negligencia por parte del Municipio de Rincón (Artículo 1802 del Código Civil de Puerto Rico).
Si el TPI aprueba el trato y ambas partan lo firman, el municipio deberá pagar los $120,000 a Ventura Matos para ponerle fin a este pleito legal que ha durado más de tres años.
Parcelación de solares en Cerro Miramar
La asamblea legislativa también autorizó al alcalde de Rincón a contratar a un agrimensor licenciado que lleve a cabo el proceso de mensura, segregación y parcelación del área conocida como Cerro Miramar, a espaldas de la iglesia católica Santa Rosa de Lima.
Según indica la Ordenanza Número 16 (2018-2019), en el Cerro Miramar “habitan familias que carecen de títulos de propiedad sobre los solares en que han construido sus residencias y vivido, algunas de ellas, por varias generaciones”. Sin embargo, esta finca le pertenece al municipio, por lo que la responsabilidad de mensurar, segregar y parcelar estos solares recae sobre el Gobierno Municipal.
Al cabo de este proceso, se espera que los residentes del Cerro Miramar cuenten con títulos de propiedad, documento que agilizará los futuros procesos de reclamación en caso de desastres naturales.
Otras ordenanzas y resoluciones municipales
La Ordenanza Número 17 (2018-2019) permite al alcalde recibir la donación de la estructura de construcción mixta localizada en el Cerro Miramar y con un valor de $4,000, que pertenece a Mayda Porrata Tirado. De hecho, el administrador municipal Francisco Mercado comentó a la Asamblea Legislativa de Rincón que una vez se le de mantenimiento al área, este predio se le podrán ceder a alguna familia de escasos recursos para que establezca su residencia como el resto de los vecinos en el Cerro Miramar.
La Ordenanza Número 18 (2018-2019) requiere que el alcalde aclare, ante el Registro de la Propiedad, las escrituras de las cuatro propiedades que el municipio adquirió de los hermanos David y Ángela Galatzán Fraticelli. La Ordenanza Número 20 (2018-2019) aclara otros menesteres sobre la misma adquisición de terrenos.
La Ordenanza Número 19 (2018-2019) autoriza al alcalde a otorgar al Departamento de Vivienda una nota aclaratoria para que la entidad estatal culmine la parcelación de tierras en el Cerro los Pobres, la comunidad rincoeña justo detrás de la casa alcaldía (al este).
La Resolución Número 27 (2018-2019) faculta al director de finanzas del municipio de Rincón a transferir créditos entre las cuentas del municipio para efectuar los pagos por motivo de servicios profesionales relacionados a la parcelación del Cerro Miramar (Ordenanza Número 16) y el acuerdo con William Ventura Matos (Resolución Número 26).
La Resolución Número 28 (2018-2019) autoriza a la clase graduanda de la Escuela Manuel García Pérez, Unity Class, a utilizar los predios del parque de pelota del Barrio Puntas como estacionamiento los días 16 y 17 de mayo para realizar sus actividades de recaudación de fondos.
La Resolución Número 29 (2018-2019) faculta al alcalde a radicar una propuesta ante el Programa de Servicios de Alimentos y Nutrición del Departamento de Educación para que este último asigne los fondos necesarios para continuar, a través del próximo año fiscal, los servicios del centro de cuidado de niños Rincón Infantil, en Barrero, donde ocho empleados cuidan de 24 niños entre las edades de tres a cinco años.
A Rinconvenient Truth seguirá informando sobre el trabajo de la Legislatura Municipal regularmente. Sin embargo, si desea aprender más sobre alguno de los temas que se discutieron en la sesión ordinaria de marzo, envíenos sus preguntas a través de nuestra página de contacto.
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